Por mayoría de 28 en 31 ediles, la Junta Departamental de Tacuarembó decretó que a partir del 30 de enero del 2022, se prohíba en todo el departamento de Tacuarembó, la venta al público de todo tipo de pirotecnia de estruendo no lumínico, llamése petardos, cohetes, mega bombas, metralletas, foguetas 3 tiros o de 3 por 1, 12 tiros, o 12 por 1, 12 por 3, y 19 por 4, y toda la pirotecnia cuyo efecto sonoro supere el límite de decibles establecido por la normativa nacional.
Además se prohíbe en todo el departamento de Tacuarembó, la fabricación, comercialización mayorista o minorista, tenencia, uso, manipulación y depósito de elementos de pirotecnia no autorizados por el Servicio de Material y Armamento. Se exigirá en los lugares de venta en locales o en la vía pública, el documento que avale dicha autorización.
A su vez, quedan exceptuados de las disposiciones de presente decreto, la importación, elaboración, comercialización y almacenamiento de fuego de artificios lumínicos con efecto sonoro ajustado a la normativa nacional vigente, que se encuentren debidamente autorizados a tales efectos por la autoridad competente, y cuyos responsables se encuentran registrados y habilitados por el Servicio de Material y Armamento del Ejército Nacional para desarrollar tal actividad.
Por su parte, los puestos de venta ubicados en la vía pública, deberán solicitar a la Intendencia Departamental de Tacuarembó, un permiso para su instalación, especificando nombre y apellido de quién o quiénes estén a cargo, lugar en donde estará ubicado, listado de mercadería que estará en exposición para la comercialización, debiendo contar con bomberito matafuego, con carteles indicadores de prohibido fumar y fuegos artificiales, y no podrá estar a menos de 100 metros de una estación de combustible o locales expendedores de gas.
Con la finalidad de concientizar, a partir de febrero del 2022, toda la mercadería en exhibición deberá contar con hexágonos indicadores de las siguientes características: el hexágono de color rojo que indique ruido alto, el de color amarillo indicando ruido medio y el de color verde que indicará ruido bajo.
En cuanto a las fiestas y eventos privados o públicos en los cuales se pretenda usar fuegos artificiales, deberán contar con la habilitación de la Intendencia Departamental de Tacuarembó, y con los implementos necesarios que recomiende para cada caso, la Dirección Departamental de Bomberos y cumplir con algunas eventualidades, entre ellas, dar aviso al Cuerpo de Bomberos de su jurisdicción, detallar qué tipo de productos serán utilizados en el evento, precisar horario de realización y duración del mismo.