La Junta Departamental de Tacuarembó resolvió no modificar la redacción del Artículo 5º del Decreto Nº 21/15, del 11 de setiembre del año 2015.
La nueva reglamentación puesta a consideración del Plenario, establecía que el Municipio debería reunirse por lo menos una vez cada quince días. El anteproyecto detallaba que las sesiones de cada Municipio podían ser Ordinarias o Extraordinarias: las Ordinarias son las que se celebran en los días y horarios que haya determinado cada Municipio, y las Sesiones Extraordinarias, son las que se celebran fuera de los días y horas preestablecidas.
Dicha propuesta de cambio de reglamentación había sido propuesta por los Ediles de la Lista 33 del Partido Nacional, por el Frente Amplio y el Partido Colorado, siendo negativa su votación en el plenario de 14 en 31 Ediles presentes en sala.